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La ley 21.015 establece que todos los organismos públicos y las empresas que tengan 100 empleados o más, sin importar su rubro o actividad, deben contar con al menos un 1% de sus trabajadores con alguna discapacidad (inscritas en el Registro Nacional de Discapacidad), o asignatarias de una pensión de invalidez (otorgada por alguna de las siguientes instituciones: AFP a la cual está afiliada la persona; Instituto de Previsión Social; la Mutualidad a la cual está afiliado el trabajador o el Instituto de Seguridad Laboral). Si no es posible cumplir con esta ley, ya sea por el tipo de funciones que desarrolla la empresa o por la falta de postulantes con discapacidad interesados en las ofertas de trabajo ofrecidas por la organización, existen alternativas para dar cumplimiento a la ley, como los contratos de prestación de servicios y las donaciones en dinero (a las que se refiere el artículo 2° de la Ley N°19.885).
Fundación Desafío, desde 2019, es parte del Registro de Donatarios acogidos a la Ley de Inclusión Laboral N°21.015 del Ministerio de Desarrollo Social, teniendo para el efecto proyectos aprobados en el Banco de Proyectos de dicha ley.
Preguntas frecuentes:
https://www.senadis.gob.cl/pag/420/1693/preguntas_frecuentes_ley_de_inclusion_laboral
Si quiere formar parte de acciones para mejorar la vida de jóvenes y adultos en condición de discapacidad, contáctenos.
Para donaciones directas:
Titular: FUNDACIÓN DESAFÍO
RUT: 65.116.990-9
Cta. Cte.: 71663051
Banco: Santander
Email: fundaciondesafio@gmail.com
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